TABLA DE CONTENIDO
·
Definiciones claves Glosario ( palabras claves)
·
Matriz básica legal Salud Ocupacional
·
Matriz de peligros (cuadro resumen tablas de
medición)
·
Tabla de clasificación de peligros ( 45
peligros)
·
Aspectos de PICE
·
SVE cosas claves, Cuáles son las gatisos (10)
·
Plan de emergencias.
·
PON
·
Deberes y derechos de los trabajadores
·
Básico de primeros auxilios
·
Programa orden y aseo
·
Sanciones Ley 1562 y 472
·
Indicadores (proceso, estructura y resultado)
DEFINICIONES
ACCIDENTE DE TRABAJO: Suceso
repentino que sobreviene
por causa o
con ocasión del
trabajo, y que
produce en el
trabajador una lesión
orgánica, una perturbación
funcional, una invalidez
o la muerte.
EVALUACIÓN HIGIÉNICA: Medición
de los peligros
ambientales presentes en
el lugar de trabajo
para determinar la
exposición ocupacional y riesgo
para la salud,
en comparación con los valores fijados por la autoridad
competente
MEDICINA
DEL TRABAJO: Conjunto de actividades médicas y
paramédicas destinadas a promover y mejorar la salud del trabajador, evaluar su
capacidad laboral y ubicarlo en un lugar de trabajo acorde con sus condiciones
psicobiológicas.
SEGURIDAD
INDUSTRIAL: Conjunto de actividades dedicadas a la
identificación, evaluación y control de los factores de riesgo que pueden
ocasionar accidentes de trabajo, además hacen que el trabajador labore en
condiciones seguras tanto ambientales como personales, con el fin de conservar
la salud y su bienestar personal.
HIGIENE
INDUSTRIAL: Ciencia y arte dedicados al reconocimiento,
evaluación y control de los factores ambientales o tensiones emanados y
provocados en el lugar de trabajo y que pueden ocasionar accidentes de trabajo,
enfermedades profesionales, destruir la salud y el bienestar o crear algún
malestar entre los trabajadores o ciudadanos de la comunidad
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES: Es
el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados
a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las
enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como
consecuencia del trabajo que desarrollan.
ACTO INSEGURO O
SUBESTANDAR:
Es toda acción que se presenta al
alterar un procedimiento considerado seguro.
PELIGRO: Fuente, situación, o acto con un potencial de
daño en términos de lesión o enfermedad.
Evaluación de riesgo: Proceso de evaluar el riesgo(s) que se
presenta durante algún peligro(s), tomando en cuenta la adecuación de cualquier
control existente, y decidiendo si el riesgo(s) es o no aceptable.
Sitio de trabajo: Cualquier locación física en la que las
actividades relacionadas con el trabajo son realizadas bajo el control de la
organización.
ARP: Aseguradora de Riesgos Profesionales
AT: Accidente de Trabajo
ATEP: Accidente de trabajo y enfermedad profesional
FFR: Formato de Factores de Riesgo
FIAT: Formato de Informe de Accidente de Trabajo
FIEP: Formato de Informe de Enfermedad Profesional
SGRP: Sistema General de Riesgos Profesionales
SIRP: Sistema de Información en Riesgos Profesionales
MATRIZ LEGAL DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN
EL TRABAJO
Decreto 1072 de 2015: Por el cual se expide el Decreto Único
Reglamentario del Sector Trabajo.
Decreto 1295 de 1994: Por
el cual se determina la organización y administración del sistema general de
riesgos profesionales.
Resolución 2400 de
1979: Por la cual se establecen disposiciones sobre vivienda, higiene y
seguridad en los lugares de trabajo.
Resolución 1016 de
1989: Por el cual se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los
Programas de Salud Ocupacional.
Resolución 1792 de
1990: Por la cual se adoptan valores límites permisibles para la exposición
ocupacional al ruido.
Resolución 2013 de
1986: Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités
de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de Trabajo.
Resolución 1401 del
2007: Por el cual se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de
trabajo.
Decreto 614 de 1984: Por
el cual se determinan las bases para la organización y administración de Salud
Ocupacional en el país.
Ley 9 de 1997: Por la
cual se dictan medidas sanitarias.se establece el objeto de la salud ocupacional
para preserva, conservar y mejorar la salud del trabajador.
Ley 1010 del 2006: Por
la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral.
Decreto 1443 del 2014: Por
el cual se dictan disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión de
la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
Ley 1562 del 2012: Por
el cual se modifica el sistema de riesgos laborales y se dictan otras disposiciones
en salud ocupacional.
Decreto 919 de 1989: Por
el cual se organiza el sistema nacional para la prevención y atención de
desastres y se dictan otras disposiciones.
MATRIZ DE PELIGROS GTC 45 DEL 2012
Nivel
de deficiencia (ND): Magnitud de la relación esperable entre (1)
el conjunto de peligros detectados y su relación causal directa con posibles
incidentes y (2), con la eficacia de las medidas preventivas existentes en un
lugar de trabajo.
Nivel de exposición (NE): Situación de exposición a un peligro que se presenta en un tiempo determinado durante la jornada laboral.
Nivel de probabilidad (NP): Producto
del nivel de deficiencia por el nivel de exposición.
Nivel de riesgo: Magnitud de un riesgo resultante del producto del nivel de probabilidad por el nivel de consecuencia.
A
PROGRAMA
DE INDUCCIÓN, CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO (PICE)
La finalidad de la Inducción es
brindar información general, amplia y suficiente que permita la ubicación del
empleado y de su rol dentro de la
organización para fortalecer su sentido de pertenencia y la seguridad
para realizar su trabajo de manera
autónoma.
Es
común que la inducción incluya: los valores de la
organización, misión, visión y objetivos, políticas, horarios laborales, días
de descanso, días de pago, prestaciones, historia de la empresa, servicios al
personal, calidad, servicio al cliente y trabajo en equipo, visita a
instalaciones, programas especiales, servicio de medicina preventiva, entre
otros puntos. Este proceso de adaptación se da tanto en el puesto de trabajo
como en la organización.
Con
el proceso de inducción se busca:
Ayudar a los nuevos empleados
de la institución, a conocerse y auxiliarlos para tener un comienzo productivo
o establecer actitudes favorables de los nuevos empleados hacia la institución,
sus políticas y su personal o ayudar a los nuevos empleados a introducir un
sentimiento de pertenencia y aceptación para generar entusiasmo y una alta
moral.
Capacitación, o
desarrollo de personal, es toda actividad realizada en una organización,
respondiendo a sus necesidades, que busca mejorar la actitud, conocimiento,
habilidades o conductas de su personal. La necesidad de capacitación surge
cuando hay diferencia entre lo que una persona debería saber para desempeñar
una tarea, y lo que sabe realmente.
-Busca
perfeccionar al colaborador en su puesto de trabajo.
-En función de las necesidades de la empresa.
-En función de las necesidades de la empresa.
-
en un proceso estructurado con metas bien definidas.
Es un método sistemático y práctico para orientar a una persona
sobre cómo hacer su trabajo correctamente, con seguridad y eficiencia desde la
primera vez. El propósito es brindar toda la información necesaria para que la
persona pueda desarrollar las habilidades y destrezas que le permitan desempeñar
su trabajo con estándares de calidad, productividad, control de costos y
seguridad, que la entidad ha definido desde el momento que inicie sus labores.
FUNCIONES
DEL ENTRENAMIENTO
•
Transmisión de información: distribuir información entre los entrenados
•
Desarrollo de habilidades: destrezas y conocimientos relacionados con el desempeño
del cargo a realizar.
•
Desarrollo o modificación de actitudes: cambio de actitudes negativas por actitudes
favorables entre los trabajadores.
•
Desarrollo de conceptos: elevar el conocimiento de ideas y pensamientos.
1.
Guía de Atención Integral en Salud Ocupacional
Basada en la Evidencia para Trabajadores Expuestos a Plaguicidas Inhibidores de
la Colinesterasa (Organofosforados y Carbamatos)
2.
Guía de Atención Integral de Salud Ocupacional
Basada en la Evidencia para Cáncer de Pulmón relacionado con el trabajo (GATISO-CAP)
3.
Guía de Atención Integral de Salud Ocupacional
Basada en la Evidencia para Trabajadores Expuestos a Benceno y sus derivados (GATISO-BTX-EB)
4.
Guía de Atención Integral de Salud Ocupacional
Basada en la Evidencia para Asma Ocupacional (GATISO-ASMA)
5.
Guía de Atención Integral Basada en la
Evidencia para Dolor Lumbar Inespecífico y Enfermedad Discal Relacionados con
la Manipulación Manual de Cargas y otros Factores de Riesgo en el Lugar de
Trabajo (GATI- DLI- ED)
6.
Guía de Atención Integral Basada en la
Evidencia para Dermatitis de Contacto Ocupacional (GATISO- DERMA)
7.
Guía de Atención Integral Basada en la
Evidencia para Hipoacusia Neurosensorial Inducida por Ruido en el Lugar de
Trabajo (GATI-HNIR)
8.
Guía de Atención Integral Basada en la
Evidencia para Neumoconiosis (Silicosis, Neumoconiosis del minero de carbón y
Asbestosis) (GATI- NEUMO)
9.
Guía de Atención Integral Basada en la
Evidencia para Hombro Doloroso (GATI- HD) relacionado con Factores de Riesgo en
el Trabajo
10. Guía
de Atención Integral Basada en la Evidencia para Desórdenes Musculo
esqueléticos (DME) relacionados con Movimientos Repetitivos de Miembros
Superiores
PLAN
DE EMERGENCIAS
Analisi
Análisis
de amenazas
Analisis de vulnerabilidad a las personas
Analisis
de vulnerabilidad de los recursos
Analisis de vulnerabilidad de
sistemas y procesos
Interpretación de vulnerabilidad de cada
elemento
Diamante de riesgo
Clasificación del riesgo
Consolidado análisis de riesgo
PROCEDIMIENTO OPERATIVO NORMALIZADO (PON)
Los Procedimientos Operativos son documentos que recogen la interrelación en el tiempo que existen entre diferentes departamentos, normalizan d o los procedimientos de actuación y evitando las indefiniciones e improvisaciones que pueden producir problemas o deficiencias en la realización del trabajo.
Los
Procedimientos Operativos son complementarios del Manual de Calidad y describen
con detalle cómo, quién, cuándo, dónde, se realizan las actividades definidas
en el Manual de Calidad.
Los procedimientos aseguran:
1.
Que las actividades se realizan de una forma independiente de la persona
responsable de llevarlas a cabo.
2.
Que se realizan de una forma ordenada y sin improvisaciones.
DERECHOS:
- Derecho
a la ocupación efectiva durante la jornada de trabajo. Este derecho supone
la obligación por parte del empresario de proporcionar al trabajador un
trabajo de modo real y adecuado.
- Derecho a la promoción y formación en el trabajo, esto es, la facultad de acceder a un trabajo más cualificado, mejor remunerado, o de mejores expectativas en función de la experiencia y del mérito profesional, y el derecho a obtener permisos para asistir a cursos de formación y perfeccionamiento.
- Derecho a no ser discriminados directa o indirectamente para el empleo, o una vez empleados, por razones de sexo, estado civil, edad dentro de los límites marcados por esta ley, origen racial o étnico, condición social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación sexual, afiliación o no a un sindicato, así como por razón de lengua, dentro del Estado español. Tampoco podrán ser discriminados por razón de discapacidad, siempre que se hallasen en condiciones de aptitud para desempeñar el trabajo o empleo de que se trate.
- Derecho
a su integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene en
el trabajo. Con ello nos referimos a las políticas de prevención de
riesgos laborales, es decir, al conjunto de facultades o medidas adoptadas
o previstas en todas las fases de la actividad de la empresa con el fin de
evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo. En caso de riesgo
grave e inminente para la vida o su salud, derecho a interrumpir su
actividad laboral, pudiendo también interrumpirse, de modo total o
parcial, la actividad empresarial por esa causa, en virtud de acuerdo
mayoritario de los representantes de los trabajadores, o por acuerdo
mayoritario de los delegados de prevención cuando no sea posible reunir
con urgencia a aquellos.
- Derecho
al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad,
incluida la protección frente al acoso por razón de origen racial o
étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual,
y frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo.
- Derecho
a la percepción puntual de la remuneración pactada o legalmente
establecida. Es el derecho al salario, que deberá abonarse en la fecha y
lugar convenidos.
- Derecho
al ejercicio individual de acciones derivadas de su contrato de trabajo,
esto es, derecho a acudir a los tribunales en defensa de sus derechos e
intereses.
DEBERES:
- Cumplir
las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus
funciones directivas. Es el deber de obediencia del trabajador que queda
sometido al poder disciplinario del empresario en el caso de
incumplimientos de aquél y siempre que las órdenes o instrucciones no sean
abusivas o ilegítimas.
- Cumplir
con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad a
las reglas de la buena fe y diligencia. La empresa podrá verificar las
faltas al trabajo por motivos de salud, y el trabajador deberá permitir su
revisión médica. De lo contrario, perderá sus derechos económicos que
estén a cargo del empresario.
- Contribuir
a la mejora de la productividad. Al igual que el anterior supone, en este
caso, una concreción del deber general de realizar la prestación laboral
con la diligencia debida.
- No
desarrollar actividades concurrentes con la empresa. Aunque tratado en la
ley de manera específica no es más que una concreción del deber general de
buena fe, su finalidad es la evitación de un perjuicio en la persona del
empleador.
- Cumplir
las medidas de seguridad e higiene que se adopten, tema relacionado con la
seguridad y salud en el trabajo, y con las medidas de prevención de
riesgos laborales por lo que se refiere a las obligaciones de los trabajadores.
BASICO DE PRIMEROS AUXILIOS
Son
los cuidados o la ayuda inmediata, temporal y necesaria que se le da a una
persona que ha sufrido un accidente, enfermedad o agudización de esta hasta la
llegada de un médico o profesional paramédico que se encargará, solo en caso
necesario, del trasladado a un hospital tratando de mejorar o mantener las
condiciones en las que se encuentra.
PRIMER RESPONDIENTE:
El Primer respondiente, es la primera persona
que decide participar en la atención de un lesionado. Puede o no ser un
profesional de la salud. Es el encargado de evaluar la escena, comenzar la
revisión del lesionado y activar al servicio médico de urgencia, conocido en
los medios urbanos como Sistema de Atención Médica Pre-hospitalaria de
Urgencias o Servicio Metropolitano de Urgencias .
SEGURIDAD PERSONAL.
Para
proporcionar una buena atención es fundamental el estar libres de riesgos para
lo cual se toman diversas medidas para evaluar la escena donde ocurrió el
accidente. Es la primera acción que se realiza y sirve para garantizar la
integridad física. Existen tres reglas de seguridad (SSS) para poder dar una
buena atención a la persona que necesite de nuestra ayuda:
•
Evaluación de la “escena”
•
Checar la “seguridad”
•
Evaluar la “situación”
•
Contar con el equipo de protección personal como guantes, googles, cubre bocas.
La
regla del yo: “primero yo, luego yo y siempre yo”, nunca olvidar que antes de
prestar auxilio a un paciente, hay que evitar convertirse en víctima.
·
Evitar la visión de túnel, que consiste en
limitar el campo visual a un túnel donde se encuentra únicamente el paciente,
sin evaluar el resto de la escena, compromete la seguridad del primer
respondiente, ya que le impide identificar los riesgos potenciales para su
persona.
·
La evaluación de la escena se lleva a cabo con
una vista panorámica total del lugar de abajo hacia arriba, de izquierda a
derecha y de adelante a atrás. Se observa qué puede haber tirado, colgado, si
hay líquidos con los que se pueda resbalar, cables, vidrios, animales, etc. Oír
el paso de vehículos, voces de alarma, detonaciones, etc.
·
OLER si hay gas, gasolina, fertilizantes, y
demás sustancias potencialmente nocivas. En general aplicar todos los sentidos
en búsqueda de peligros potenciales para el rescatador. ¿QUÉ PASÓ?, ¿CÓMO
PASÓ?, ¿QUÉ PUEDE PASAR?
Una
vez garantizada nuestra seguridad y evaluada la escena se evalúa la situación
es decir: • ¿Cuál fue la situación preexistente?
•
¿Existen aún esas condiciones?
Evaluación de Lesionado.
EVALUACIÓN INMEDIATA SIMULTÁNEA.
Es la
evaluación en la que se determina en un lapso no mayor a 10 segundos el estado
general del paciente, estado de conciencia, condición respiratoria y
circulatoria
¿CÓMO SE HACE?
Una
vez en tu posición de seguridad se toca al paciente en los hombros y se le
agita levemente mientras se le pregunta como esta. Señor, señor, ¿se encuentra
usted bien? Se determina Estado de conciencia Ubicándolo con método ADVI
A: la persona se encuentra alerta, habla fluidamente, fija la mirada al explorador y esta al pendiente de lo que sucede en torno suyo.
A: la persona se encuentra alerta, habla fluidamente, fija la mirada al explorador y esta al pendiente de lo que sucede en torno suyo.
V: la persona presenta respuesta verbal,
aunque no está alerta puede responder coherentemente a las preguntas que se le
realicen, y responde cuando se le llama.
D: la persona presenta respuesta solamente a
la aplicación de algún estímulo doloroso, como presionar firmemente alguna
saliente ósea como el esternón o las clavículas; pueden emplearse métodos de
exploración menos lesivos como rozar levemente sus pestañas o dar golpecitos
con el dedo en medio de las cejas, esto producirá un parpadeo involuntario, que
se considera respuesta.
I: la persona no presenta ninguna de las
respuestas anteriores, está Inconsciente
Es la
evaluación inicial que nos ayuda a identificar cuáles son las lesiones o
condiciones que pueden poner en peligro la vida del paciente. Debe ser rápida y
eficaz. Y aplica para pacientes en quienes se ha demostrado la inconsciencia
Para realizar esta evaluación se utiliza la nemotecnia ABC
A: Que
la vía aérea este abierta y sin riesgo de obstrucción. Se abre la boca en busca
de algo que pueda obstruir la vía aérea, en caso de haber algo a nuestro
alcance lo retiramos haciendo un barrido de gancho con el dedo índice, en caso
de no haber nada vamos a hacer la técnica de inclinación de cabeza.
B: Se
evalúa que la ventilación esté presente o no. Se utiliza la nemotecnia: Ver: el
pecho del paciente (si sube y baja). Escuchar: la respiración Sentir: el aire
que sale por la boca o nariz Hay que determinar si respira por sí solo, con qué
frecuencia y que tan profundas son las respiraciones.
C: Se
determina la presencia de signos de circulación, como el pulso o la coloración
de la piel, si está pálido, azulado; la temperatura corporal. Y revisar si
presenta alguna hemorragia evidente.
LAS CINCO ESES. “Cinco eses” es un sistema que ayuda a alcanzar la excelencia en el día a día. El programa es eficaz y ayuda a quien lo aplica a realizar mejor su trabajo. Las “Cinco Eses” son las iniciales de cinco palabras japonesas cuya transcripción fonética empieza por la letra “s”. Cada palabra contiene una recomendación muy concreta sobre la organización del trabajo.
Las cinco palabras son:
SEIRI
= Eliminar lo innecesario
SEITON
= Establecer orden, o más explícitamente, cada cosa en su sitio y un sitio para
cada cosa.
SEISO = Esmerarse en la limpieza
SEISO = Esmerarse en la limpieza
SEIKETSU
= Cuidar el uniforme y la seguridad personal
SHITSUKE
= Ser disciplinado y respetar las reglas
Los
beneficios que traen el orden y la limpieza son:
~ Se
disminuyen los riesgos de accidentalidad.
~ Se
logra el mayor provecho del espacio.
~ Se
genera confianza en los clientes, proveedores y visitante.
~ Se
aumenta nuestro rendimiento en el trabajo puesto que se reduce el tiempo
invertido en la búsqueda de objetos.
~ Se
mantienen inventarios en el mínimo necesario.
~ Se
estimulan comportamientos seguros de trabajo.
DESCARTAR “Lo
que no sirve que no estorbe” Busca identificar en cada sitio de trabajo y
espacios comunes los elementos que son útiles, reciclables o reutilizables para
el desempeño de las labores, eliminando lo inútil.
IDENTIFICAR ELEMENTOS
NECESARIOS E INNECESARIOS En este paso se pueden emplear las
siguientes ayudas:
1. Lista
de elementos Elaborar una lista en donde se registren los elementos necesarios
e innecesarios, su ubicación, frecuencia de uso y disposición final de
elementos innecesarios Las preguntas habituales que se deben hacer para
identificar si un elemento es necesario o innecesario son las siguientes:
2. ¿Es
necesario este elemento?
¿Si es necesario, es necesario en esta cantidad?
ORGANIZAR ¡Un
lugar para cada cosa... y cada cosa en su lugar! Esta actividad consiste en
ordenar y organizar los elementos necesarios clasificados en el inventario que
permitan su uso inmediato. Una vez hemos eliminado los elementos innecesarios,
se define el lugar donde se deben ubicar aquellos que necesitamos con
frecuencia, tales como: herramientas, equipos móviles, partes y repuestos,
implementos de aseo, entre otros, identificándolos con un rótulo y asignándoles
un lugar de disposición demarcado y señalizado con lo que se consigue eliminar
la pérdida de tiempo en su búsqueda y facilitar su retorno al sitio una vez
utilizados.
SANCINES
SEGÚN LEY 1562 DEL 2012
Artículo
13. Sanciones. Modifíquese el numeral 2, literal a), del artículo 91 del
Decreto-ley 1295 de 1994, de la siguiente manera:
El incumplimiento de los programas de salud
ocupacional, las normas en salud ocupacional y aquellas obligaciones propias
del empleador, previstas en el Sistema General de Riesgos Laborales, acarreará
multa de hasta quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes,
graduales de acuerdo a ·'a gravedad de la infracción y previo cumplimiento del
debido proceso destinados al Fondo de Riesgos Laborales. En caso de
reincidencia en tales conductas o por incumplimiento de los correctivos que
deban adoptarse, formulados por la Entidad Administradora de Riesgos Laborales
o el Ministerio de Trabajo debidamente demostrados, se podrá ordenar la
suspensión de actividades hasta por un término de ciento veinte (120) días o
cierre definitivo de la empresa por parte de los Direcciones Territoriales del
Ministerio de Trabajo, garantizando el debido proceso, de conformidad con el
artículo 134 de la Ley1438 de 2011 en el tema de sanciones.
Adiciónese
en el artículo 91 del Decreto-ley 1295 de 1994, modificado por el artículo 115
del Decreto 2150 de 1995, el siguiente inciso:
En caso de accidente que
ocasione la muerte del trabajador donde se demuestre el incumplimiento de las
normas de salud ocupacional, el Ministerio de Trabajo impondrá multa no
inferior a veinte (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes, ni superior
a mil (1000) salarios mínimos legales mensuales vigentes destinados al Fondo de
Riesgos Laborales; en caso de reincidencia por incumplimiento de los
correctivos de promoción y prevención formulados por la Entidad Administradora
de Riesgos Laborales o el Ministerio de Trabajo una vez verificadas las
circunstancias, se podrá ordenar la suspensión de actividades o cierre
definitivo de la empresa por parte de las Direcciones Territoriales del
Ministerio de Trabajo, garantizando siempre el debido proceso. EIIV1inisterio
del Trabajo reglamentará dentro de un plazo no mayor a un (1) año contado a
partir de la expedición de la presente ley, los criterios de graduación de las
multas a que se refiere el presente artículo y las garantías que se deben
respetar para el debido proceso.
Los
criterios para determinar el nivel de gravedad de las infracciones y, en
consecuencia, la multa que debe aplicarse, son los siguientes:
·
La reincidencia en la infracción.
·
La resistencia, negativa u obstrucción a la
acción investigadora o de supervisión por parte del Ministerio del Trabajo.
·
La utilización de medios fraudulentos o de
persona interpuesta para ocultar la infracción o sus efectos.
·
El grado de prudencia y diligencia con que se
hayan atendido los deberes o aplicado las normas legales pertinentes.
·
El reconocimiento o aceptación expresa de la
infracción, antes del decreto de pruebas.
·
El daño o peligro generado a los intereses
jurídicos tutelados.
·
La ausencia o deficiencia de las actividades de
promoción y prevención.
·
El beneficio económico obtenido por el
infractor para sí o a favor de un tercero.
·
La proporcionalidad y razonabilidad conforme al
número de trabajadores y el valor de los activos de la empresa.
·
El incumplimiento de los correctivos y
recomendaciones en las actividades de promoción y prevención por parte de la
Administradora de Riesgos Laborales (ARL) o el Ministerio del Trabajo.
·.
Cuantía
de las sanciones
Como se había anotado, la
imposición de las multas depende del tamaño de la empresa. El Decreto 472
establece los siguientes topes:
Microempresa:
·
Por incumplimiento de las normas de salud
ocupacional: de 1 a 5 SMMLV
·
Por incumplimiento en el reporte de accidente o
enfermedad laboral: de 1 a 20 SMMLV
·
Por incumplimiento que dé origen a un accidente
mortal: de 20 a 24 SMMLV
Pequeña empresa
·
Por incumplimiento de las normas de salud
ocupacional: de 6 a 20 SMMLV
·
Por incumplimiento en el reporte de accidente o
enfermedad laboral: de 21 a 50 SMMLV
·
Por incumplimiento que dé origen a un accidente
mortal: de 25 a 150 SMMLV
Mediana empresa
·
Por incumplimiento de las normas de salud
ocupacional: de 21 a 100 SMMLV
·
Por incumplimiento en el reporte de accidente o
enfermedad laboral: de 51 a 100 SMMLV
·
Por incumplimiento que dé origen a un accidente
mortal: de 151 a 400 SMMLV
Gran empresa
·
Por incumplimiento de las normas de salud
ocupacional: de 101 a 500 SMMLV
·
Por incumplimiento en el reporte de accidente o
enfermedad laboral: de 101 a 1.000 SMMLV
·
Por incumplimiento que dé origen a un accidente
mortal: de 401 a 1.000 SMMLV
INDICADORES DECRETO 1072 DEL 2015
(PROCESO, ESTRUCTURA Y RESULTADO)
Indicadores de estructura:
Medidas verificables de la disponibilidad y acceso a recursos, políticas y
organización con que cuenta la empresa para atender las demandas y necesidades
en Seguridad y Salud en el Trabajo.
Indicadores de proceso:
Medidas verificables del grado de desarrollo e implementación del SG-SST.
Indicadores de resultado:
Medidas verificables de los cambios alcanzados en el período definido, teniendo
como base la programación hecha y la aplicación de recursos propios del
programa o del sistema de gestión.
EJEMPLO: programa de vigilancia
epidemiológica
PRECESO
#
De trabajadores en la organización
/ # de trabajadores en la
organización con problemas osteomusculares
*100
ESTRUCTURA
# De trabajadores con problemas osteo
musculares / # de trabajadores sanos *100
RESULTADO
#
Total medidas de intervención planteadas en la organización para problemas
osteo musculares / # de medidas de intervención realizadas en la organización
para problemas osteo musculares *100
EJEMPLO: Elementos de protección personal
ESTRUCTURA
# De Elementos de Protección
Personal sugeridos / # de Elementos de Protección Personal implementados * 100
PROCESO
# De Elementos de Protección
Personal sugeridos en el mes de Septiembre del 2014 / # de Elementos de
Protección Personal implementados en el
mes de Septiembre del 2014 * 100
RESULTADO
# Total de Elementos de
protección Personal dotados en la organización / # total de Elementos de
Protección Personal implementados en la organización *100